El mejor seguro de vida

Para tu seguridad y la de tu familia.

¿Qué incluye el Seguro de vida?

  • Fallecimiento por accidente.

    Capital adicional si el fallecimiento fuese consecuencia de un accidente garantizado en póliza.

  • Fallecimiento por accidente de circulación.

    Capital adicional al anterior si la causa fuese un accidente de circulación. 

  • Fallecimiento de asegurado y cónyuge en accidente.

    En este caso, si tienen hijos menores de edad, los beneficiarios recibirán un capital adicional del mismo importe al del fallecimiento.

  • Repatriación.

    Generali se ocupará de las gestiones y se hará cargo de los gastos necesarios para el traslado del asegurado desde el lugar del fallecimiento hasta el lugar de sepelio deseado por los beneficiarios.

  • Invalidez absoluta y permanente

    En caso de invalidez absoluta y permanente para todo tipo de trabajo, se le anticipará al asegurado el capital contratado en la póliza. 

  • Enfermedad grave.

    Entrega de un anticipo del capital contratado en caso de diagnóstico de enfermedad grave detallada en la póliza.

  • Enfermedad grave de mujer.

    Entrega de un anticipo del capital de fallecimiento contratado en caso de diagnóstico de enfermedad grave detallada en la póliza.

  • Asesoramiento psicológico.

    En caso de fallecimiento del asegurado Generali ofrece un asesoramiento profesional a familiares de primer grado.

  • Anticipo de capital de los gastos del sepelio.

    Se podrá conceder un anticipo del 10% del capital de fallecimiento con un máximo de 5.000 euros, para hacer frente a los primeros gastos de sepelio, con la presentación del certificado de defunción y la identificación del beneficiario o de los beneficiarios,

  • Anticipo de capital para pagar impuestos.

    Una vez aceptado el siniestro, se anticipará un capital para hacer frente a la liquidación de los impuestos correspondientes.

¿Lo necesitas?

  • Si tienes responsabilidades familiares o personas a tu cargo, para protegerlas con el mejor seguro de vida.
  • Si eres trabajador autónomo y quieres completar las prestaciones públicas.
  • Si tu patrimonio es importante, te ayudará a afrontar el impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como el reparto de la herencia.
  • Para que en caso de invalidez o enfermedad grave no descienda tu nivel de vida.
  • Para garantizar la propiedad de tu empresa frente a terceros no socios.

¿Por qué Generali?

Porque el cliente es lo más importante para nosotros. Según tus necesidades podemos construir el mejor seguro que se adapte a ti.

  • Porque te atenderá un equipo de profesionales cualificados, asesores expertos que resolverán tus dudas y necesidades, sean las que sean. Cada cliente de Generali recibe un trato personalizado, a través de nuestros centros de servicio o de nuestros mediadores. Te ayudarán a resolver cualquier duda.
  • Porque los años de experiencia nos avalan y conocemos el negocio a la perfección.  Ponte en nuestras manos y confía en nosotros.
  • Porque tenemos una amplia gama de seguros que se adapta a tus necesidades.
     

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Preguntas frecuentes

Puedes contratar desde los 14 años hasta los 70 años la garantía de fallecimiento y hasta los 64 las coberturas complementarias.

En el producto Generali ON Vida, puedes renovar la garantía de fallecimiento hasta los 80 años y la garantía de invalidez hasta los 70 años.

Sí, el capital garantizado se abonará a la persona que tú elijas. No tienen por qué ser tus herederos legales. Además, si la prestación se recibe en forma de capital como consecuencia del fallecimiento del asegurado y los beneficiarios son hijos, cónyuge o ascendentes, pueden acogerse a importantes reducciones de la base imponible presentando declaración del Impuesto sobre Sucesiones.

En la mayor parte de los casos, con un pequeño cuestionario de salud es suficiente. Es cómodo y muy fácil de rellenar.

Puedes consultarlo en el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento de las siguientes maneras:

  • Bien a través de esta web
  • Bien a través del Modelo 790, entregándolo personalmente o por correo ordinario en el Registro General de Actos de Última Voluntad (Pza. Jacinto Benavente nº 3, 28012 Madrid)
  • Bien en alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, con el certificado literal de defunción de la persona de la que quieres obtener el certificado. En menos de 7 días el Registro expedirá un certificado con los contratos vigentes y con qué entidades están suscritos.

Son coberturas adicionales a la entrega del capital de fallecimiento. Por un coste muy bajo, aumentan las prestaciones de tu seguro con garantías diferentes al fallecimiento o con un aumento en los capitales cubiertos.
 

No se modifican automáticamente pero si deseas hacerlo, sólo necesitas ponerte en contacto con tu mediador.

Una vez abonada la prestación o el capital, la póliza se cancela (salvo la garantía de enfermedades graves, que continúa en vigor).

En tu seguro de vida puedes elegir entre:

  • Capital constante: el capital asegurado permanece constante.
  • Capital creciente: el capital asegurado se ajusta a un porcentaje de crecimiento.

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