Seguros para PYMES

Tu negocio necesita dedicación y tú, tranquilidad.

¿Qué incluye el seguro para PYMES?

  • Daños por incendio, explosión y caída de rayo, fenómenos atmosféricos, inundación, agua, derrame de las instalaciones de extinción, impacto de vehículos, vandalismo, daños eléctricos a instalaciones eléctricas, etc.
  • Gastos de demolición y desescombro, desbarre y extracción de lodos, obtención de permisos y licencias, honorarios profesionales, etc.
  • Cobertura de bienes temporalmente desplazados, maquinaria y materias primas de procedencia extranjera, obras menores, etc.
    • Asistencia en la empresa.
       
    • Protección jurídica del asegurado.
       

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¿Quién lo necesita?

Está dirigido a pequeñas y medianas empresas ubicadas en España, en las que se realiza una actividad industrial (manipulación o proceso) o se almacena un producto, y otros establecimientos:

  • Fábricas
  • Talleres metalúrgicos
  • Almacenes
  • Otros: clínicas, espectáculos, escuelas, iglesias, ayuntamientos, etc.

¿Qué coberturas son opcionales?

  • Robo y expoliación
  • Daños eléctricos en aparatos eléctricos
  • Daños en maquinaria
  • Ordenadores y equipos electrónicos
  • Deterioro de mercancías en aparatos frigoríficos
  • Todo riesgo de daños materiales
  • Mercancías en tránsito terrestre
  • Pérdida de beneficios
  • Responsabilidad civil

Ventajas del seguro para PYMES

  • Adaptable a las necesidades de cada empresa
  • Diversas opciones de franquicias en todas las garantías
  • Condiciones de contratación para mantener el patrimonio protegido en todo momento
  • Coberturas automáticas de daños y pérdida de beneficios

Preguntas frecuentes

Tu seguro para pymes cubrirá todos los gastos causados por incendio, fenómenos meteorológicos, actos vandálicos y acciones tumultuarias, derrames o escapes, demolición y desescombro, desbarre…

Mantén tu negocio a cubierto en los casos de robo y expoliación, pérdida de beneficios, rotura de maquinaria y equipos electrónicos, daños estéticos, rotura de cristales y rótulos, infidelidad de empleados… ¡y mucho más!

Si, salvo pacto expreso en contrario, se aplicará revalorización en base al Índice de Precios Industriales Interanual publicado a fecha 30 de septiembre del año anterior. La revalorización afectará únicamente a las sumas aseguradas.

En ese caso, la persona que adquiriese el negocio pasaría a ser el titular de la póliza, y pasaría a tener tanto los derechos como las obligaciones del seguro contratado.

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